Registro digital por declaración jurada, silencio positivo a los 10 días y vía rápida de importación para productos certificados en siete jurisdicciones.
Argentina ha reformado a fondo en los dos últimos años el control de los fertilizantes, enmiendas y materias primas. Para los proveedores de la región que quieran vender en el país, el sistema actual es más rápido, pero no trata igual a todos los orígenes.
Decreto 101/2025: el nuevo marco
El Decreto 101/2025, publicado el 17 de febrero de 2025, reglamenta la Ley 20.466 de fiscalización de fertilizantes y enmiendas. Sus principales cambios son:
- La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca pasa a ser la autoridad de aplicación, y el SENASA gestiona el registro y el control.
- El registro es digital y se basa en una declaración jurada. Si no hay respuesta en 10 días hábiles, la solicitud se considera aprobada (silencio positivo).
- Las inscripciones son gratuitas y no caducan. Solo hay que volver a registrar el producto si cambia de forma sustancial.
- La importación es más sencilla para productos certificados en Australia, Estados Unidos, Nueva Zelanda, Reino Unido, Brasil, la Unión Europea o Israel.
Resolución SENASA 214/2025: el procedimiento
La Resolución 214/2025 se firmó el 1 de abril de 2025, se publicó el 3 de abril y entró en vigor 60 días después. Pone en marcha el marco del decreto:
- Empresas y establecimientos: se inscriben ellos mismos en la plataforma TAD y reciben el registro al instante, con control posterior del SENASA.
- Productos: la solicitud es una declaración jurada. El SENASA tiene 10 días hábiles para responder y, si no lo hace, emite el certificado de registro.
- Materias primas: siguen el mismo procedimiento que los fertilizantes, según el Manual Técnico anexo.
- Importación: los productos certificados en los países del Anexo I del decreto entran con un aviso de importación. El resto, y algunos productos biológicos sin registro nacional previo, necesitan una autorización que el SENASA debe resolver en un máximo de 5 días hábiles.
- Otros puntos: los envíos a granel de más de 50 toneladas con nitrato de amonio deben notificarse antes de salir. Si el SENASA toma muestras, el titular paga el envío y los análisis.
La resolución derogó las Resoluciones 431/2024 y 657/2024. La 431/2024 ya había eliminado la renovación anual de los registros y la exigencia de muestras para inscribirse.
Lo que implica para los proveedores regionales
Paraguay, Uruguay y Bolivia no figuran entre las jurisdicciones de referencia. Tampoco los principales proveedores de fertilizantes de Argentina, como Marruecos, Rusia y China. Un producto o materia prima de esos orígenes pasa, en principio, por la autorización de importación, salvo que ya esté registrado en una de las jurisdicciones de la lista. Los plazos siguen siendo cortos, pero conviene preparar bien la documentación técnica y analítica.
En esta revisión no hemos encontrado cambios posteriores de igual alcance en 2026. Recomendamos consultar el Boletín Oficial antes de iniciar cualquier trámite.
Lectura para el sector
Para los fabricantes argentinos de húmicos y fúlvicos, la reforma acorta los plazos para incorporar materias primas nuevas. Una leonardita de origen paraguayo con análisis completos de composición y metales puede tramitarse por la vía de autorización dentro de los plazos fijados por la norma.
Fuentes
- Boletín Oficial de la República Argentina: Resolución SENASA 214/2025
- Beccar Varela: Regulation of Law 20.466 on fertilizers and soil amendments, Decree 101/2025
- Beccar Varela: New simplified registration regime for fertilizers and bio-inputs, Resolution 214/2025
- Bichos de Campo: El Senasa sigue aflojando el cincho de controles sobre las importaciones de fertilizantes




